Todo lo relacionado con el entremado de las relaciones laborales
martes, 6 de mayo de 2008
Huelga en el Sector de Justicia, actividad 4ª Semana Virtual
Una vez visualizado el video, realiza un comentario crítico de la situación, opinando sobre si debería limitarse o prohibirse el ejercicio del derecho de huelga en determinados sectores de actividad.
42 comentarios:
Anónimo
dijo...
Hola a todos! Vuelvo a hacer el comentario, porque no veo que me lo haya publicado. El video nos hable de la huelga que han mantenido los funcionarios de justicia, bueno más bien de la situción de los juzgados en nuestro país. Creo que la huelga se debió a las diferencias económicas que sufren los funcionarios de justicia entre las distintas Comunidades Autonómas, ya que aunque los servicios judiciales aún están centralizados, el personal de justicia ha sido transferido a las CCAA, y esto ha producido diferencias entre lo cobrado en un sitio y en otro. Pero lo que nos ocupa es el ejercicio del derecho a la huelga, que según nuestra Constitución art. 28.2, tienen todos los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley prohibe el derecho de huelga a los militares, y lo limita de acuerdo con las leyes que desarrollen este precepto a los funcionarios públicos. En la actualidad los funcionarios podrán ir a la huelga, pero manteniendo los servicios mínimos. Por tanto mi opinión es que mientras se aseguren esos servicios mínimos, todos deben tener el derecho a la huelga. En este caso, no podrá quedarse un preso en la cárcel o no ingresar otro en la misma, porque un funcionario esté de huelga, o bien como hemos visto en los últimos tiempos por desgracia, no cumplir una condena porque un fuencionario está de baja, creo que no hay justificación para esto. Pero si aseguran los servicios mínimos las cosas urgentes no se pararan, será igual que si los médicos se declaran en huelga ¿no se va a operar lo urgente?. Ahora bien, yo creo que el vídeo lo que muestra es lo penoso de nuestro sistema judicial, que por desgracia no ha avanzado como el resto de administraciones publicas, ¿por qué la Seguridad Social cruza sus datos con la Agencia Tributaria, el INEM, o las haciendas autonómicas, y los juzgados no hace muchos años tenían los ordenadores apagados, y en la actualidad no cruzan los datos ni los juzgados de Huelva entre sí? ¿es esto tan díficil?. Yo creo que es una administración que se ha ido quedando obsoleta, los funcionarios antiguos no querían ordenadores, los nuevos se tenían que ajustar a lo existente, en fin un desproposito. Pero esto lo tendrá que arreglar nuestros queridos políticos, invirtiendo en personal, medios, y espacios que como se observa no existe suficiente en los juzgados.
Independientemente de las penosas condiciones laborales (falta de medios, de personal etc.) en la que actualmente se encuentran algunos juzgados, me centraré en comentar mi opinión sobre la prohibición o limitación del ejercicio del derecho de huelga de determinados sectores de actividad.
En cuanto a la prohibición del derecho a la huelga de los funcionarios públicos o cualquier otro sector de actividad, siendo éste un derecho fundamental recogido en el art. 28.2 CE del Titulo I Derechos y Deberes Fundamentales, está fuera de lugar plantearse alguna duda al respecto, no puede prohibirse. Por otra parte, y dejando claro que a mi me parece justo que los funcionarios de justicia de las siete comunidades autónomas que no tienen transferidas las competencias de justicia se movilicen para pedir la equiparación salarial con las CCAA que si las tienen, ya que es un agravio comparativo que cobren 200€ menos al mes. Yo, si limitaría el derecho a la huelga recogido en los artículos 28.2 CE y 15c de la Ley 7/2007 EBEP en los cuales nos hablan del derecho el ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, porque en mi opinión, no se están garantizando los servicios esenciales a la comunidad, ni en el caso expuesto en el video ni otras huelgas de servicios que afectan a la comunidad, transportes públicos, recogida de basuras, hospitales… En el caso que nos ocupa la ralentización o paralización de los trámites burocráticos suponen un perjuicio las personas afectadas, más de 8000 juicios han sido aplazados, cheques bebé no cobrado en Asturias y otras CCAA y una larga lista de expedientes bloqueados por la movilización. Para concluir, pienso que el ejercicio del derecho a la huelga se debe limitar en la medida justa, hasta el punto donde empieza a perjudicar derechos de terceros ajenos al conflicto. Saludos, Yolanda Angélica Gómez Fernández.
Buenas, con respecto al video decir que cada vez me indigna más la penosa situacion de nuestro sistema judicial. Es vergonzoso ver las enorme torres de archivos pendientes y que para mi asombro nadie hace nada, ni si quiera se ponen manos a la obra para poder resolver el gran problema que tenemos como es un sistema judicial arcaico, obsoleto. Por un lado entiendo a esos funcionarios que se ponen en huelga (teniendo derecho a ella) ya que esta situacion no les benefiacia para nada ni a ellos en su forma de trabajar, ni a nosotros que sufrimos las consecuencias, pero claro, si se ponen de huelga ¿quien hace su trabajo?, el resultado seria todabia peor. En definitiva esto hay que solucionarlo y espero que los politicos o quien tenga esa responsabilidad haga algo por mejorar la situacion de todos los españoles, ya que este tema nos afecta de una forma u otra a todos. Beatriz Dominguez
Soy Isabel Valladares Márquez, y éste es mi comentario sobre el video. Me parece muy bien, que éstos funcionarios reclamen sus derechos ya que no tienen espacio suficente para archivar, tampoco tienen los medios informáticos necesarios para facilitarles su trabajo, y además no disponen del personal suficiente para llevarlo a cabo. Pero lo que no me parece nada correcto, es la consecuencia que conlleva todo eso, ya que al manifestarse éstos funcionarios, el resto de ciudadanos quedamos desamparados, ya que los juicios y tramitaciones quedan suspendidas, y sobre todo, afecta al problema de violencia de género, entre muchos otros problemas. Por lo que éstos funcionarios, tienen todo el derecho a ir a la huelga, pero lo que tendría que hacer la Administración, en este cas, es que los funcionarios se encargen, como mínimo, de aquellos casos que corran mayor urgencia (como puede ser la violencia de género, para que así no haya terceras personas perjudicadas.
Inma Iglesias Villarán Hola a todos. El derecho a la huelga es un derecho fundamental recogido en el art. 28.2 de la C.E. y en el art. 15 c) del EBEP y por tanto no se puede porhibir como tal, no obstante si puede limitarse ya que aunque se establezca por ley que hay que mantener los servicios mínimos no creo que en este caso se esté cumpliendo al llevar a cabo una huelga de 2 meses suspendiendo más de 30.000 juicios y decenas de tramitaciones. No creo que eso sea mantener un servicio mínimo. Y por otro lado me parece un poco incoherente que si el motivo del desacuerdo del sector es la falta de medios y personal y por tanto la acumulación del trabajo, los mismos trabajadores que se pongan en huelga estarán generando a su vez que se acumule aun más el trabajo. Creo que se podrían manifestar de otra forma que no suponga dejar de trabajar y empeorar más aun la penosa situación de los juzgados españoles, como por ejemplo, mediante la recogida de firmas o métodos similares. Toda esta situación se podría mejorar con apoyos económicos mediante inversiones que permitan realizar los trámites de los juzgados mediante sistemas informáticos.
Hola, mi opinión respecto al vídeo es que me parece penoso el estado en el que se encuentra la justicia en España. En esta noticia se muestra cómo los funcionarios de justicia ejercen su derecho a la huelga, ya que no están coforme con la diferencia de salario entre las distintas comundidades españolas. Me parece lógico que reclamenen sus derechos, pero lo que no es lógico que todo un país se quede esperando sentencias, encarcelamientos, etc., debido a que determinados trabajadores se pongan en huelga. Lo que quiero decir con esto, es que hay funciones que no se pueden dejar para cuando regrese el trabajador que hoy no ha asistido al puesto. ¿Es que acaso no hay personas cualificadas esperando ese puesto de trabajo? ¿No existe paro en España para cubrir estos puestos? "España no va bien. Que se contraten a más personal y que estos archivos se actualicen". La justicia es algo que debe de ir al día y, sin embargo, vemos cómo se amontonan archivos tras archivos en pasillos, cuartos de baños, etc. Esto me parece "repugnante", porque se trata de juicios que posiblemente pueden evitar la muerte de muchas mujeres, que no mueran más niños en manos de pederastas, el abuso de menores, que un narcotraficante vaya a la cárcel,..., en definitiva "que se haga JUSTICIA", de lo cual, bajo mi punto de vista, queda muy poco en España, por no decir nada.
Hola, mi opinión respecto al vídeo es que me parece penoso el estado en el que se encuentra la justicia en España. En esta noticia se muestra cómo los funcionarios de justicia ejercen su derecho a la huelga, ya que no están coforme con la diferencia de salario entre las distintas comundidades españolas. Me parece lógico que reclamenen sus derechos, pero lo que no es lógico que todo un país se quede esperando sentencias, encarcelamientos, etc., debido a que determinados trabajadores se pongan en huelga. Lo que quiero decir con esto, es que hay funciones que no se pueden dejar para cuando regrese el trabajador que hoy no ha asistido al puesto. ¿Es que acaso no hay personas cualificadas esperando ese puesto de trabajo? ¿No existe paro en España para cubrir estos puestos? "España no va bien. Que se contraten a más personal y que estos archivos se actualicen". La justicia es algo que debe de ir al día y, sin embargo, vemos cómo se amontonan archivos tras archivos en pasillos, cuartos de baños, etc. Esto me parece "repugnante", porque se trata de juicios que posiblemente pueden evitar la muerte de muchas mujeres, que no mueran más niños en manos de pederastas, el abuso de menores, que un narcotraficante vaya a la cárcel,..., en definitiva "que se haga JUSTICIA", de lo cual, bajo mi punto de vista, queda muy poco en España, por no decir nada. Juani Ponce González, un saludo.
Los funcionarios, de acuerdo con lo que entiende el art. 1.1 ET, no podrían ejercer este derecho al no tratarse de trabajadores por cuenta ajena, sin embargo, la jurisprudencia y las normas de derecho internacional los ha legitimado para el ejercicio de este derecho. En la Ley 7/2007 se reconoce este derecho. Aunque el ejercicio de éste derecho por parte de los funcionarios es restringido en la medida en la que están obligados a prestar servicios a la comunidad. Por lo tanto, la Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad y por eso mi opinión es que deberían de prestar esos servicios o por lo menos unos servicios mínimos, ya que perjudica a la comunidad que realmente los necesita y beneficia a los que han realizado algún delito. Y todo por unos 200 euros más que es lo que buscan, perjudican a toda una comunidad... mi opinión es que “Una huelga no debe atentar contra la vida de los ciudadanos” ya que, auque mis palabras sean muy drásticas, dejando los juicios sin resolver es lo que ocurre.José Quesada Amador
En primer lugar compartir mi más sincero apoyo en la causa a los compañeros de Justicia en huelga, por cierto con un preacuerdo ya firmado con el Ministerio. En segundo lugar, contestar a lo que se ha afirmado en posts anteriores sobre la limitación del derecho a la huelga en el tema de los servicios mínimos. A este respecto decir que la actual situación de aglomeración y acumulación de casos en escaleras, baños etc. es una situación PREVIA a la huelga, es decir, no es consecuencia de la huelga, con lo cual, afirmar que la misma es la causante de la mayor parte de los “retrasos” es, cuanto menos, de una escasa aptitud de miras, máxime, cuando además de la consabida exigencia de igualdad de salarios en el Estado español se adjuntaba la exigencia, lógica, de un sistema informatizado que despejase y agilizase los trámites habituales en el sistema judicial, y a todo ello, además, se adjuntaba la exigencia del aumento de plantilla para salir del bloqueo en el que se encontraban YA ANTES de la convocatoria de huelga. Por tanto, el bloqueo no es más que un motivo más sumado al conflicto y no una consecuencia única del mismo. En tercer lugar decir que el derecho a la huelga es un derecho básico, no ya reconocido sólo por la presente Constitución si no en convenios internacionales de la OIT. Es por esto que, pensar en limitar, exceptuar o poner trabas al ejercicio de la huelga en algunos sectores productivos/actividad parece una acción fuera de toda licitud. TODOS tenemos derecho a la huelga, cosa distinta es lo que las leyes digan en un momento u otro, pero TODOS tenemos derecho a exigir mejores condiciones laborales, y en el caso que nos ocupa, los funcionarios por descartado que también, pues así lo recoge la Ley 7/2007 de 12 de abril. Por tanto, mientras se cumpla con unos servicios mínimos (que como indica su propio nombre han de ser MÍNIMOS) tal y como establece la legislación vigente, NO se deben poner cortapisas a la justa reivindicación de los trabajadores, bien sean funcionarios o personal laboral directamente. Es evidente que una situación de conflicto crea dificultades, pero aún más evidente es que si no las crease no estaríamos ante una verdadera medida de presión. Son molestas, sí, necesarias, también, creo que ante una situación de conflicto que afecte de manera directa a terceros la postura más racional es la información sobre dicho conflicto y el apoyo a unos compañeros que se encuentran en una situación de conflicto y que requieren apoyo. No hay que dejar de pensar que si trabajásemos en condiciones de igualdad, seguridad, dignidad, en condiciones de salario y jornada justas, no cabria la huelga, por tanto si la hay, es que algo falla. Por tanto, creo que a la luz del artículo 28.2 de la presente Constitución y del artículo 15.c) del Estatuto básico del empleado público no cabe limitar o exceptuar el ejercicio de huelga a los funcionarios públicos, sean del sector que sean.
El video hace alusión a la huelga llevada a cabo por los funcionarios de Justicia. El derecho a la huelga es un derecho fundamental y tanto en el art. 28.2 de Constitución Española como el art. 15 c) de la EBEP se reconoce el derecho a la huelga de los funcionarios, aunque cabe destacar que no es un derecho absoluto sino que está limitado por el mantenimiento efectivo de los servicios esenciales de la comunidad. A mi me parece muy bien que cada trabajador reclame sus derechos y defienda sus intereses pidiendo unas condiciones retributivas similares en toda la Administración de Justicia. Pero lo que no veo correcto es que la huelga se haya prolongado en 2 meses e incluso el conflicto ha supuesto la suspensión de miles de actos judiciales, perjudicando al resto de los ciudadanos. No quiero ni imaginar cuánto tiempo va a ser necesario para recuperar los atrasos, porque si en condiciones normales la Justicia es lenta, en condiciones como esta el funcionamiento es lamentable.
Con respecto al video visto, creo que, los funcionario deben tener su derecho de huelga como todo trabajador, aunque siempre deben garantizar unos servicios mínimos ya que, los asuntos que ellos realizan en su trabajo, son bastante importantes y no deben ser dejado aun lado. Aunque creo que tiene todo el derecho ha hacer, debido a lo que comentaba una de las entrevistadas, que decia que el trabajo de seis lo estaban haciendo tres, aunque ese no era el unico motivo por lo que se manifestaban. Algo que me llamo mucho la atencion, es porque lo archivos no se encontraba en programas o bases de datos, pues en los tiempo que nos encontramos, creo que es un atraso bastante grande que no exista un programa, donde se encuentre todos los datos de los casos, pues será mucho mas facil buscar y no todo el mundo tendra acceso a ellos, como también se hablaba en el video. Asi que, que se pongan manos a la obra nuestros politicos y solucione todo el tema de justicia, que bastante falta hace.
hola soy rocio cabanillas, y como todos los que hemos participado,decir el derecho de huelga es un derecho que le puede ser negado a nadie, pues para ello nos lo garantiza nuestra constitucion española caudno dice se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad. yo personalmente estoy de acuerdo con esta huelga, puesto que los juzgados en nustro pais no van con atrasos por falts de personal, pues ya puedan tener una gran cantidad de trabajadores que pasaria lo mismo, asi es la justicia en nuestro pais, señores.mas vale calidad de trabajaodres que cantidad, pues la cantidad de ellos tampoco la aprovechan ener una justicia mas eficaz.
Hola compañeros del blog! Mi comentario será breve. En mi opinión, siempre comparativa con la de mis compañeros de asignatura, cabe destacar que el derecho a Huelga, reconocido a los trabajadores por la Constitución en su art. 28.2, ampara a los trabajadores en defensa de sus intereses. ¿Deberíamos considerar como un insulto a la justicia, cuando los funcionarios de algunas CC.AA. cobran aproximadamente 200€ menos que sus compañeros de otras CC.AA.?
Ya que supone una relantización o casi paralización de los trámites burocráticos en aquellas CC.AA. donde como tal dice el video, se acumulan el papeleo en "los servicios" de los juzgados. En este caso y tal como lo hemos visto en el video y de forma crítica, la huelga se debería regular de una forma más estrícta, ya que de ello dependemos los demas trabajadores. No entro en crítica política, pero si decir, que deberían haber previsto esta situación y haber transferidos las competencias a aquellas CC.AA. que no las tengas. En conclusión, la huelga, está para defender los intereses de los trabajadores, pero siempre hay que preveer esta situación, puesto que se entorpecen los trámites, o causa estragos de una u otra forma.
El video hace alusión a la huelga que están llevando a cabo los funcionarios de justicia ya que no están de acuerdo con las diferencias salariales que existen entre las distintas comunidades autónomas. Después de visualizar el video, podemos decir que los funcionarios de justicia tienen derecho a defender sus intereses poniéndose en huelga tal y como aparece en el artículo 28.2 de la Constitución Española siempre que cumplan con los servicios mínimos. Lo que no me parece justo es que debido a esta huelga se vengan retrasando actos judiciales y por tanto perjudicando al resto de la población. Algo que tampoco me parece normal es que en los tiempos que estamos todavía tengan que guardar los archivos en las carpetas y no exista un programa general para todos los juzgados donde se encuentren archivados todos los casos, bien sean de maltrato, pederastia, asesinato… ya que todo esto puede tender a que muchos archivos se puedan perder.
El video hace alusión a la huelga que están llevando a cabo los funcionarios de justicia ya que no están de acuerdo con las diferencias salariales que existen entre las distintas comunidades autónomas. Después de visualizar el video, podemos decir que los funcionarios de justicia tienen derecho a defender sus intereses poniéndose en huelga tal y como aparece en el artículo 28.2 de la Constitución Española siempre que cumplan con los servicios mínimos. Lo que no me parece justo es que debido a esta huelga se vengan retrasando actos judiciales y por tanto perjudicando al resto de la población. Algo que tampoco me parece normal es que en los tiempos que estamos todavía tengan que guardar los archivos en las carpetas y no exista un programa general para todos los juzgados donde se encuentren archivados todos los casos, bien sean de maltrato, pederastia, asesinato… ya que todo esto puede tender a que muchos archivos se puedan perder.
En mi opinión, estos trabajadores tienen el mismo derecho que el resto a manifestar su desacuerdo con su situación laboral. No obstante, hay que decir que su trabajo es un tanto especial, debido a la gran responsabilidad y a las graves consecuencias que acarrean el retraso de las sentencias. Por lo tanto, y debido a todo ésto, se deberían garantizar unos servicios mínimos y además, no estaría mal que una vez terminada la huelga, se contratara a personal "de apoyo" para lograr poner al día todos los asuntos. Juana Domínguez Borrero
Estoy de acuerdo, que el derecho a huelga, se extiende a todos los trabajadores, y por tanto, pueden hacer uso, tal y como refleja el art.28.2 de la Constitucion Española, pero no entiendo que una huelga por reclamar derechos, implique que los derechos de otras personas se vean afectados, con atrasos judiciales por consecuencia de estas huelgas. las personas se ven inseguras, puesto que un error, atraso, fallo...puede perjudicar a una perosna, familia o quizas arruinar vidas...¿Reclamar tus derechos, significa dar de lado a los derechos de otras personas? A todo esto, hay que mencionar que va a ser muy dificil reorganizar todos los casos y volver al dia a dia... que esperemos sea lo antes posible. Ramos.Mercedes
Pienso que está bien que estos jueces se pongan en huelga para defender sus derechos, debido a la situación en la que se encuentran, ya que carecen de espacio y de personal para llevar a cabo todos los casos que se les presenten.
Lo que no me parece justo es que el periodo de huelga se tenga que alargar hasta 2 meses, ya que habrá personas que necesiten de sus trabajos con mucha urgencia como son los casos de la violencia de género.
Además, con lo avanzada que están las nuevas tecnologías creo que debería existir una red informática en la que se pudiera observar la situación judicial de las personas, tal y como se establece en este video.
El video nos muestra la indignante y penosa situación del sistema judicial en nuestro país. El gobierno se muestra incapaz de resolver la situación de los funcionarios de la administración de justicia, que está motivada por la falta de personal y espacio, además de las diferencias salariales de los funcionarios de distintas CC.AA. Además, se aprecia que el sistema judicial español se ha quedado atrás con respecto a otras administraciones públicas, como la seguridad social el servicio andaluz de empleo o la agencia tributaria, en cuanto a la informatización de su sistema y base de datos. Por otra parte, en cuanto al derecho a la huelga recogido en el artículo 28.2 de la CE, decir que es un derecho fundamental, y por consiguiente no se puede prohibir. El problema viene a la hora de asegurar unos servicios mínimos por parte de estos funcionarios, que en la practica no se están dando, ya que a la vista esta la suspensión de 30.000 juicios y decenas de tramitaciones, como se menciona en el video.
El derecho a la huelga es un derecho fundamental, y como tal no se puede limitar, pero la aplicación de este derecho no debe tampoco afectar a los derechos de la generalidad.
En mi opinión, todo trabajador debe reclamar por sus derechos como bien indica el artículo 28.2 de la constitución, aunque en este caso el problema que ocurre es que no se cumplen los servicios mínimos. Pero si el problema se hubiera solucionado con anterioridad??, pues no estariamos hablando de esta huelga. Hoy en día la gente siente cierta inseguridad y descofianza por el sistema judicial, ya no solo por situaciones como la del video sino por los numerosos fallos que se están produciendo, fallos que se desencadenan en otros y estos otros a su vez en otros. Pienso que se tiene que llevar a cabo una reforma en el sistema judicial en todos sus estamentos.
La situación que se detecta en este vídeo viene a demostrar lo arcaico del funcionamiento del sistema judicial imperante. En él se visualiza el hacinamiento de los casos judiciales pendientes y la falta de personal para su seguimiento y control. En un sistema democrático como es el actual no se puede permitir la falta de nuevas tecnologías en los juzgados así como la escasa dotación económica que en las partidas presupuestarias dedica el Gobierno en materia judicial para el buen funcionamiento del sistema. Creo que con una mayor dotación de personal y una mayor asignación presupuestaria así como una retribución justa de los haberes de los funcionarios que fuera uniforme en todo el Estado podría paliar la problemática existente. Por otra parte, creo que no se debe prohibir el derecho a la huelga ya que es un derecho fundamental de los trabajadores recogido en la Constitución, siempre que se garanticen unos servicios mínimos. Samuel Rodriguez.
Para empezar decir que el derecho a la huelga es algo incuestinable y fundamental, que como todos sabemos puede ser ejercido por cualquier trabajador y los funcionarios no van a ser menos. Ahora bien mientras ellos reivindican sus derechos, ¿quién vela por los derechos del resto de españoles?. La obligación de la administración de la que estos funcionarios forman parte es proteger y garantizar el bien público y con esta huelga esta dejando de lado esa obligación. En segundo lugar, yo también creo que la informatización del sistema mejoraría y agilizaría mucho el propio sistema pero también lo haría la mejora de la productividad de los funcionarios, ya no solo de justicia, puesto que en mi opinión se pasan en "servicios mínimos" todo el año, si piensan que con la huelga van a resolverse los procesos acumulados que hagan la misma huelga que los chinos (trabajando el doble). Por último, las diferencias salariales -que es el verdadero motivo de la huelga- tampoco son aceptables pero eso no es nada nuevo pusto que las diferencias territoriales dentro de este país es algo que viene desde muy atrás, sin embargo, no me imagino a obreros de la construcción del sur quejarse por que sus homologos del noerte cobran más por hacer exactamente lo mismo. En definitiva en este país en el que la delincuencia está en claro auge la justicia cada vez está más en declive.Así nos va.
Pese a reconocerse el Derecho de Huelga en el Art. 28.2 CE del Titulo I, Derechos y Deberes Fundamentales, y según reconoce el Real Decreto Ley de Relaciones de Trabajo (por analogía), los funcionarios públicos en nuestro país son titulares plenos de este Derecho de Huelga, aunque debiendo respetar los servicios mínimos (Art. 15 c), ley 7/2007 EBEP).
Ahora bien, pese a que tendrán sus motivos para llevar a cabo la huelga, si observamos por ejemplo, la cantidad de casos de violencia de género que esperan su tramitación, no creo que esos servicios mínimos se estén desarrollando; se deberían marcar límites temporales a determinados puestos de trabajo para ejercitar este Derecho, ya que con la huelga lo que consiguen es empeorar la situación del ciudadano y no la de los altos cargos a quien va dirigida.
Por otra parte, desde mi punto de vista, no creo que la huelga tenga mucha justificación, ya que, pese a que en otras comunidades cobren algo más de dinero al mes porque sea de su competencia y ésta lo estableciera así, el problema principal radica en que están disfrazando una huelga económica, mostrando a todos que es por la situación física de los juzgados (no hay suficiente personal, no hay suficiente espacio y no se aplica la tecnología necesaria para que los tramites sean agilizados), porque si ese fuera el motivo real, los juzgados de todo el país (y no sólo el de aquellos lugares donde casualmente, se tiene una nómina menor) se habrían movilizado y está situación se estaría solucionando.
Hola a todos! Es verdad que todos los españoles según la constitución por la cuál nos regimos, o por lo menos, debemos hacerlo, nos reconoce un derecho a huelga del cuál nadir ni nada nos puede privar. En este sentido, estoy totalmente de acuerdo con las numerosas huelgas que están llevando a cabo los funcionarios de los juzgados, in dependientemente del tiempo que llevan de esa forma, que para mi parecer ya es algo excesivo. Pero como ya he dicho estoy de acuerdo con ellos y los apoyo porque creo que es muy ilógico la situación en la se encuentran; cobran un salario inferior a funcionarios iguales de distintas comunidades, desarrollan un trabajo encomendado para el doble de personas que habitualmente lo desarrollan; en fin cuestiones que hacen que tengan que llegar a estas medidas. Ahora bien, por otro lado, esta claro que al estar en huelga, el trabajo se acumula y los perjudicados es evidente que somos nosotros, los ciudadanos, por eso creo que en todo esto la culpa es únicamente de los superiores, no se si del Ministerio competente o del propio Gobierno, pro tengo muy claro que los funcionarios están manifestando algo que les pertenece, están defendiendo sus derechos; y los ciudadanos estamos padeciendo todo ello.
hola a tod@s! el video a comentar, expone la huelga que han emprendido los funcionarios de justicia debido al desorden laboral, falta de personal, espacio... como todos sabemos, el derecho a huelga es un derecho que viene recogido en la CE y en el art 15 del estatuto básico del empleado público y estoy totalmente deacuerdo con estos funcionarios respecto las meidas tomados, ya que es indigno tener que trabajar con los documentos embarcados en excaleras, baños, salas, ¡es imposible trabajar así!,pero por otra parte la Ley les obliga a cumplir con unos mínimos que al ponerse en huelga están incumpliendo, por lo que habrá que solucionar el problema lo más pronto posible, puesto que están afectando a terceras personas ya que se han suspendido más de 30000 juicio. para concluir decir que me parece estupendo que tengamos reconocidos el derecho a huelga aunque cuando este derecho empiezan a afectar a terceras personas ajenas a ello, hay que ir poniendo límites, sino esto será algo cíclico que no acabará nunca, habrá que buscar una solución coherente e inonfesiva para solucionar el problema. bueno me despido: raquel serrano romano.
En este video se puede observar la penosa situación de un juzgado de San Fernando. Pero en realidad éste es un reflejo del estado en el que se encuentra la justicia en España. Parece increíble como después de dos meses de huelga de los funcionarios de justicia la situación se continúe y lo que es exigir tus derechos mediante la huelga, que está reconocida como un derecho fundamental, pasa a convertirse en retrasos graves en los procesos judiciales de medio país. Con ello las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad del art. 28 de la Constitución no se ven realizadas. Mencionar también que el derecho de huelga a los funcionarios está regulado de una forma peculiar respecto a los demás ya que aunque a todos los funcionarios se les reconozca el derecho, existen excepciones establecidas.
Segun el art. 15 del estatuto del empleado publico que hace referencia a los pincipios generales, los funcionarios tienen derecho a la huelga. Pero en mi opinion para que no exita el problema de colapso en los juzgados se deberia de limitar y tener servicios minimos porque ahora a la hora de ponerse a trabajar se vuelven a quejar de que tienen mucho trabajo. De todas formas el sistema judicial de España funciona fatal y es penoso. El gobierno deberia habilitar mas plazas para los abogados y rechazar todas aquellas denuncias que no sean de gravedad. La homologación entre trabajadores dependientes de una misma administración es, una reivindicación lógica y justa, entendiendo por ella no sólo la equiparación salarial, sino la asunción de iguales derechos y obligaciones.
Este video hace referencia al derecho a la huelga de los funcionarios, que se encuentra recogidoen los artículos 28.2 de la Constitución Española y el artículo 15 de la Ley 7/2007, hay que observar que es un derecho limitado. Yo creo que es adecuado que dichos trabjadores se hallan puesto en huelga, ya que reivindican cobrar un sueldo igual a la de otros trabjadores por realizar el mismo trabajo. Pero lo que me ha llamado más la atención en el video era una mujer que decia que estaban realizan el trabajo de tres personas a la vez, eso me parese injusto, ya que en España hay muchas personas paradas que desean desarrollar una actividad laboral. La justicia en España es muy lenta y si le añadimos estos hechos aún es más. Como conclusión yo creo que los funcionarios deben tener derechos a huelga, siempre y cuando halla unos servicios mínimos que se ocupen de los casos de mayor importancia. Mª Ángeles Rangel Aguilera.
Hola soy Míriam Rite Hermoso, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 15 apartado c) dice que los empleados públicos tienen derechos individuales que se ejercen de forma colectiva, como el "derecho al ejercicio de la huelga", pero también dice que "debe garantizarse el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad". En este supuesto no parecen respetarse los servicios mínimos, deberían trabajar algunos más para alcanzar un poco de normalidad, porque ésto afecta a muchas personas, es una huelga abusiva ¿por qué no hacen una huelga a la japonesa? eso no les interesa, podrían hacer una huelga intermitente, o una huelga de celo, aquella que consiste en la transparencia en el trabajo, cumpliendo la legalidad en el trabajo al máximo. Como conclusión diría que todo el mundo tiene derecho a manifestarse pero sin molestar a personas inocentes que no tienen nada que ver con lo que sucede.
Bajo mi punto de vista, todo trabajador tiene derecho a ejercer la huelga, ya que es un derecho fundamental del ciudadano. No obstante, siempre que sea manteniendo unos servicios mínimos (como supuestamente se lleva a cabo). Acerca de ello, encontramos la sentencia del Tribunal Constitucional 123/1990, de 2 de julio,sobre la garantía de los servicios mínimos. Así y como hemos podido observar en los últimos meses, los basureros huelguistas canarios, en mi opinión, no deberían haber actuado tal y como lo hicieron (como auténticos piquetes). Los servicios esenciales hay que mantenerlos para que el resto de la ciudadanía se sienta afectado por la situación de huelga, pero hasta un cierto límite. Es más, las conductas llevadas a cabo por dichos piquetes no están integradas en el ámbito del derecho de huelga (según caso similar contenido en la sentencia 137/1997, de 21 de julio, sobre la actividad de los piquetes de huelguistas). El caso observado en el video es un poco más delicado,debido a que una deficiencia en el sistema judicial puede dar lugar a unas consecuencias nefastas para las personas. Y ya sería la gota que colma el vaso de un sistema, el nuestro, el español, que cada día nos sorprende más... Para estos trabajadores y debido a los delicados temas que tratan en numerosos casos, yo limitaría aún más su derecho a huelga. Ante todo, no se puede jugar con el hilito que nos mantiene aquí. Cristina Macarro.
Hola a todos. El vídeo nos muestra la huelga llevada a cabo por los funcionarios públicos, ya que estos tienen los mismos derechos a reclamar que cualquier otro ciudadano. La falta de medios informáticos necesarios para realizar su trabajo, escaso personal, etc...todo esto acarrea una serie de consecuencias tales como que los ciudadanos se quedan desamparados ante la ley, las tramitaciones quedan suspendidas, etc... Todo esto conlleva a que, como observamos en el vídeo, los arhivos se amontonen entre pasillos, cuartos de baño... Es por esta razón, por la que se debería de garantizar unos servicios mínimos, y que una vez acabada la huelga, se contratara a más personal para poder ponerse al día. un saludo Mª Inmaculada Martín Yánez
En el video que hemos podido visualizar vemos como los funcionarios se han puesto en huelga para reclamar una subida de salario que se le reconoce a otras comunidades autónomas en el sector de la justicia. El derecho a huelga viene recogido en los artículos 28.2 CE y 15 c) de la Ley 7/2007 EBEP,en estos artículos podemos apreciar la garantía de los servicios esenciales de la comunidad.
Estos son servicios de reconocida e inaplazable necesidad,no todos los derechos constitucionales,son de esta índole. Por ello la Jurisprudencia ha clasificado cuatro grupos que considera derechos esenciales ellos son: - Alimentación básica. - Energía. - Medios de comunicación. - Protección contra enfermedades. Incluyendose el sector de la justicia en el último grupo.
En este caso que actualmente se da en nuestro país debería ser regulada a través de medidas de autorregulación de las partes, soluciones heterogéneas (conciliación, arbitraje y mediación)o a través de concertación o subcontrata del servicio (contratando a parados).
Cierto es que vivimos en un Estado de derecho tal y como dice la Constitución Española, donde todos podemos reclamar nuestros derechos pero no por ello se tienen que quedar desprotegidos gran parte de ellos, en los ámbitos de actuación que afecten al ciudadano se deben garantizar uno servicios "ad intra", hemos podido ver como se produce en este caso una huelga parcial,de todos modos se podría optar por otra modalidad de huelga como sería la cesión de un servicio dentro de las funciones laborales de los fucionarios, como se produce muchas veces en el ámbito laboral de la salud con la "huelga de bolígrafos", sería una modalidad más correcta que la que han tomado en este caso los funcionarios paralizando un gran número de casos.
En lo referente al video, pone de manifiesto la huelga llevada a cabo, y que ha durado meses, por los funcionarios de la Consejería de Justicia de las diferentes Comunidades Autónomas, que al no haber sido transferidas lesionan los salarios de los mismos a su servicio. El derecho a la huelga se puede ejercitar según establecen el art.15 c) del Estatuto Básico del Empleado Público y el art.28.2 de la C.E., siempre que se establezcan unos servicios mínimos, no es precisamente en el ámbito de la justicia en el que se garantiza que con la cobertura de los servicios referidos den lugar a parte de la resolución de casos pendientes y los que se dan día a día, la no resolución de estos casos redundan en muchos y diferentes aspectos de nuestra sociedad.
El empleado público no es sustituido en ninguna de las múltiples circunstancias que en su vida administrativa se pueden dar como son las bajas por I.T., A.T., bajas por maternidad, excedencias voluntarias, etc…
De lo anteriormente expuesto, sobreentendemos que esta dejación de funciones justificadas, recae sobre el personal en activo, esto supone un retraso, cuanto más si recae en todos unos servicios mínimos totalmente colapsados.
Por lo que respecta a la intercomunicación entre los juzgados, para controlar a personas con un amplio historial delictivo o inclusive sobre el que pesen pequeños delitos, hasta el día de la fecha no existe dispositivo informático alguno que coordine dicho tema.
El sistema de archivos que se muestra en el vídeo resulta un tanto desagradable, bien sabido por todos es que un W.C. no es el lugar idóneo para el archivo de determinados documentos, bien sean sentencias o diligencias, valga la redundancia.
Precisamente en nuestra capital y provincia no existe el caos administrativo manifestado en otras Comunidades Autónomas.
Por último, como nota informativa, cabe resaltar que el actual Delegado Provincial de Justicia y Administración Pública de Huelva, D. Darío Canterla Muñoz, a raíz de su nombramiento, preconizaba como objetivo principal la construcción de la denominada “Ciudad de la Justicia”, lugar en el que se agruparían los distintos Juzgados diseminados por diferentes puntos de la capital, para ello y con carácter provisional se están adecuando las instalaciones de la antigua sede de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, todo ello sin olvidar que de la Consejería de Justicia penden otros servios como son: reforma Juvenil y el Instituto de Medicina Legal y Forense.
Después de visualizar el video, mi opinión sobre la huelga en el sector de justicia esta más que justificada. Según la C.E art. 28.2 y más concretamente a nuestro caso como es el de funcionarios, según la ley 7/2007 art.15, los funcionarios son titulares de derecho pleno del Derecho a huelga y la normativa aplicable sería el Real Decreto de Relaciones de Trabajo por analogía.Por tanto mi opinión es que estos funcionarios tienen todo el derecho a llevar a cabo esta huelga, ya que la situación que esta viviendo es de desigualdad ante otras comunidades que realizando su mismo trabajo tienen salarios superiores en una media de 200 euros al mes. Por tanto y en conclusión,la huelga es un medida de conflicto para luchar por sus interes y por una mejora de sus condiciones de trabajo que tienen derecho a ejercer aunque como es el caso esto provoque que los mayores perjudicados, a parte de ellos, sean los ciudadanos. Pero según la ley 7/2007 se ejercerá el dº a huelga pero siempre manteniendo unos servicios mínimos, y aunque estos provoque colapso,no se puede dejar de llevar a cabo porque todos somos iguales y debemos luchar por ello; y esto se consigue asi reivindicando nuestros interes y fijar nuestra mirada en ver realmente que es lo que esta fallando en la politica del gobierno.
Hola a todos/as: MI comentario sobre el video es: Tal como indica nuestra Constitución Española en su Art.28.2 todos los trabajadores tienen el derecho de defenser sus intereses, el derecho a Huelga, está legalmente constituido y por tanto se debe cumplir, además de los servicios mínimos, que en este caso serían totalmente insuficientes, es trabajando tres personas y cumplen como el doble, lo cierto es que es vergonzoso como está la justicia en España, se deberían de tomar medidas al respecto, como reforzar la plantilla, pero como cosa urgente, poner refuerzo después de que haya existido unos servicios mínimos, etc... Un saludo. Josefa Tavares Franco. Grupo tarde
A ciertos sectores no se le deberia de permitir ponerse en huega y esto no qiuere decir que no tengan reconocido el derecho a ello. Pero este derecho deberia limitarse a un numero máximo de trabajadores para que así quede asegurado los servicios mínimos.
Hola Me parece vergonzosa la situación de los juzgados en nuestro país. Parece mentira que en los tiempos en que estamos y tanto que presumimos de los avances de España, despues se dan estos casos en el sector de la justicia. ¿Solución? Creo que la hay pero que los que estan en los altos cargos se preocupan de otros temas más simples y no de estos asuntos. En realidad lo que muestran con su dejadez absoluta es que no merecen los puestos en los que estan, por ello estas cosas se deben de tener en cuenta a la hora de ir a las urnas. Gema Rodríguez Díaz.
Hola!!! Bueno respecto a este video, yo creo que esta huelga es algo muy serio para que no se tomen medidas rápidamente y se intente de terminar con ella. Ya que después cuando pasan las negligencias se lamentan lo que suceda por su causa y es normal que con semejante caos ocurran miles de ellas. Pero bueno cuando quieran que le pongan solución a la penosa situación del sistema judicial, situación que es vergonzosa. Saludos Lorena Parreño Ruiz
A mi modo de ver, los fun cionarios de justicia tienen el msimo derecho a manifestarse en huelga que cualquier otro trabajador.Cualquier huelga realizada en cada uno de los sectores,provoca malestar en los ciudadanos. Estas situaciones al margen de reivindicar derechos o mejoras tiene un componente que perjudica directa o indirectamente al ciudadano y por tanto ejerce presión para el logro del objetivo.
Todos los trabajadores tienen derechos a luchar por sus condiciones laborales, pero existen sectores en los que las huelgas causan muchos perjuicios a terceros. Creo que se tendrian que buscar otras alternativas como medidas de presión.
La elaboración de este blog es resultado de la participación del autor en el curso "Wikis y blogs para enseñar y aprender en la Universidad", impartido por la Profesora, de la Universidad Carlos III de Madrid, Dª Tíscar Lara Padilla. A partir de ahora se convertirá, no solamente, en un foro de uso académico, sino en un portal de quejas y sugerencias laborales de los profesores de la Universidad de Huelva, para luchar por nuestros derechos e intereses.
Desde aquí un saludo a los compañeros, penitentes y pacientes, que han compartido conmigo horas y horas de aprendizaje? docente. Va por ustedes, Elisa, Remedios, los "Antonios", Óscar, Carmen, Ángeles, Carmen, Sara, Mariola, Josefina, Pilar, Rocío, Teresa y otros muchos más.
42 comentarios:
Hola a todos!
Vuelvo a hacer el comentario, porque no veo que me lo haya publicado.
El video nos hable de la huelga que han mantenido los funcionarios de justicia, bueno más bien de la situción de los juzgados en nuestro país. Creo que la huelga se debió a las diferencias económicas que sufren los funcionarios de justicia entre las distintas Comunidades Autonómas, ya que aunque los servicios judiciales aún están centralizados, el personal de justicia ha sido transferido a las CCAA, y esto ha producido diferencias entre lo cobrado en un sitio y en otro.
Pero lo que nos ocupa es el ejercicio del derecho a la huelga, que según nuestra Constitución art. 28.2, tienen todos los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley prohibe el derecho de huelga a los militares, y lo limita de acuerdo con las leyes que desarrollen este precepto a los funcionarios públicos. En la actualidad los funcionarios podrán ir a la huelga, pero manteniendo los servicios mínimos. Por tanto mi opinión es que mientras se aseguren esos servicios mínimos, todos deben tener el derecho a la huelga. En este caso, no podrá quedarse un preso en la cárcel o no ingresar otro en la misma, porque un funcionario esté de huelga, o bien como hemos visto en los últimos tiempos por desgracia, no cumplir una condena porque un fuencionario está de baja, creo que no hay justificación para esto. Pero si aseguran los servicios mínimos las cosas urgentes no se pararan, será igual que si los médicos se declaran en huelga ¿no se va a operar lo urgente?.
Ahora bien, yo creo que el vídeo lo que muestra es lo penoso de nuestro sistema judicial, que por desgracia no ha avanzado como el resto de administraciones publicas, ¿por qué la Seguridad Social cruza sus datos con la Agencia Tributaria, el INEM, o las haciendas autonómicas, y los juzgados no hace muchos años tenían los ordenadores apagados, y en la actualidad no cruzan los datos ni los juzgados de Huelva entre sí? ¿es esto tan díficil?. Yo creo que es una administración que se ha ido quedando obsoleta, los funcionarios antiguos no querían ordenadores, los nuevos se tenían que ajustar a lo existente, en fin un desproposito. Pero esto lo tendrá que arreglar nuestros queridos políticos, invirtiendo en personal, medios, y espacios que como se observa no existe suficiente en los juzgados.
Esperanza C. González Cárdeno.
Independientemente de las penosas condiciones laborales (falta de medios, de personal etc.) en la que actualmente se encuentran algunos juzgados, me centraré en comentar mi opinión sobre la prohibición o limitación del ejercicio del derecho de huelga de determinados sectores de actividad.
En cuanto a la prohibición del derecho a la huelga de los funcionarios públicos o cualquier otro sector de actividad, siendo éste un derecho fundamental recogido en el art. 28.2 CE del Titulo I Derechos y Deberes Fundamentales, está fuera de lugar plantearse alguna duda al respecto, no puede prohibirse.
Por otra parte, y dejando claro que a mi me parece justo que los funcionarios de justicia de las siete comunidades autónomas que no tienen transferidas las competencias de justicia se movilicen para pedir la equiparación salarial con las CCAA que si las tienen, ya que es un agravio comparativo que cobren 200€ menos al mes. Yo, si limitaría el derecho a la huelga recogido en los artículos 28.2 CE y 15c de la Ley 7/2007 EBEP en los cuales nos hablan del derecho el ejercicio de la huelga, con la garantía del mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, porque en mi opinión, no se están garantizando los servicios esenciales a la comunidad, ni en el caso expuesto en el video ni otras huelgas de servicios que afectan a la comunidad, transportes públicos, recogida de basuras, hospitales…
En el caso que nos ocupa la ralentización o paralización de los trámites burocráticos suponen un perjuicio las personas afectadas, más de 8000 juicios han sido aplazados, cheques bebé no cobrado en Asturias y otras CCAA y una larga lista de expedientes bloqueados por la movilización.
Para concluir, pienso que el ejercicio del derecho a la huelga se debe limitar en la medida justa, hasta el punto donde empieza a perjudicar derechos de terceros ajenos al conflicto.
Saludos, Yolanda Angélica Gómez Fernández.
Buenas, con respecto al video decir que cada vez me indigna más la penosa situacion de nuestro sistema judicial. Es vergonzoso ver las enorme torres de archivos pendientes y que para mi asombro nadie hace nada, ni si quiera se ponen manos a la obra para poder resolver el gran problema que tenemos como es un sistema judicial arcaico, obsoleto. Por un lado entiendo a esos funcionarios que se ponen en huelga (teniendo derecho a ella) ya que esta situacion no les benefiacia para nada ni a ellos en su forma de trabajar, ni a nosotros que sufrimos las consecuencias, pero claro, si se ponen de huelga ¿quien hace su trabajo?, el resultado seria todabia peor. En definitiva esto hay que solucionarlo y espero que los politicos o quien tenga esa responsabilidad haga algo por mejorar la situacion de todos los españoles, ya que este tema nos afecta de una forma u otra a todos.
Beatriz Dominguez
Soy Isabel Valladares Márquez, y éste es mi comentario sobre el video.
Me parece muy bien, que éstos funcionarios reclamen sus derechos ya que no tienen espacio suficente para archivar, tampoco tienen los medios informáticos necesarios para facilitarles su trabajo, y además no disponen del personal suficiente para llevarlo a cabo.
Pero lo que no me parece nada correcto, es la consecuencia que conlleva todo eso, ya que al manifestarse éstos funcionarios, el resto de ciudadanos quedamos desamparados, ya que los juicios y tramitaciones quedan suspendidas, y sobre todo, afecta al problema de violencia de género, entre muchos otros problemas.
Por lo que éstos funcionarios, tienen todo el derecho a ir a la huelga, pero lo que tendría que hacer la Administración, en este cas, es que los funcionarios se encargen, como mínimo, de aquellos casos que corran mayor urgencia (como puede ser la violencia de género, para que así no haya terceras personas perjudicadas.
Inma Iglesias Villarán
Hola a todos.
El derecho a la huelga es un derecho fundamental recogido en el art. 28.2 de la C.E. y en el art. 15 c) del EBEP y por tanto no se puede porhibir como tal, no obstante si puede limitarse ya que aunque se establezca por ley que hay que mantener los servicios mínimos no creo que en este caso se esté cumpliendo al llevar a cabo una huelga de 2 meses suspendiendo más de 30.000 juicios y decenas de tramitaciones. No creo que eso sea mantener un servicio mínimo. Y por otro lado me parece un poco incoherente que si el motivo del desacuerdo del sector es la falta de medios y personal y por tanto la acumulación del trabajo, los mismos trabajadores que se pongan en huelga estarán generando a su vez que se acumule aun más el trabajo. Creo que se podrían manifestar de otra forma que no suponga dejar de trabajar y empeorar más aun la penosa situación de los juzgados españoles, como por ejemplo, mediante la recogida de firmas o métodos similares.
Toda esta situación se podría mejorar con apoyos económicos mediante inversiones que permitan realizar los trámites de los juzgados mediante sistemas informáticos.
Un saludo.
Hola, mi opinión respecto al vídeo es que me parece penoso el estado en el que se encuentra la justicia en España. En esta noticia se muestra cómo los funcionarios de justicia ejercen su derecho a la huelga, ya que no están coforme con la diferencia de salario entre las distintas comundidades españolas. Me parece lógico que reclamenen sus derechos, pero lo que no es lógico que todo un país se quede esperando sentencias, encarcelamientos, etc., debido a que determinados trabajadores se pongan en huelga.
Lo que quiero decir con esto, es que hay funciones que no se pueden dejar para cuando regrese el trabajador que hoy no ha asistido al puesto. ¿Es que acaso no hay personas cualificadas esperando ese puesto de trabajo? ¿No existe paro en España para cubrir estos puestos? "España no va bien. Que se contraten a más personal y que estos archivos se actualicen". La justicia es algo que debe de ir al día y, sin embargo, vemos cómo se amontonan archivos tras archivos en pasillos, cuartos de baños, etc. Esto me parece "repugnante", porque se trata de juicios que posiblemente pueden evitar la muerte de muchas mujeres, que no mueran más niños en manos de pederastas, el abuso de menores, que un narcotraficante vaya a la cárcel,..., en definitiva "que se haga JUSTICIA", de lo cual, bajo mi punto de vista, queda muy poco en España, por no decir nada.
Hola, mi opinión respecto al vídeo es que me parece penoso el estado en el que se encuentra la justicia en España. En esta noticia se muestra cómo los funcionarios de justicia ejercen su derecho a la huelga, ya que no están coforme con la diferencia de salario entre las distintas comundidades españolas. Me parece lógico que reclamenen sus derechos, pero lo que no es lógico que todo un país se quede esperando sentencias, encarcelamientos, etc., debido a que determinados trabajadores se pongan en huelga.
Lo que quiero decir con esto, es que hay funciones que no se pueden dejar para cuando regrese el trabajador que hoy no ha asistido al puesto. ¿Es que acaso no hay personas cualificadas esperando ese puesto de trabajo? ¿No existe paro en España para cubrir estos puestos? "España no va bien. Que se contraten a más personal y que estos archivos se actualicen". La justicia es algo que debe de ir al día y, sin embargo, vemos cómo se amontonan archivos tras archivos en pasillos, cuartos de baños, etc. Esto me parece "repugnante", porque se trata de juicios que posiblemente pueden evitar la muerte de muchas mujeres, que no mueran más niños en manos de pederastas, el abuso de menores, que un narcotraficante vaya a la cárcel,..., en definitiva "que se haga JUSTICIA", de lo cual, bajo mi punto de vista, queda muy poco en España, por no decir nada.
Juani Ponce González, un saludo.
Los funcionarios, de acuerdo con lo que entiende el art. 1.1 ET, no podrían ejercer este derecho al no tratarse de trabajadores por cuenta ajena, sin embargo, la jurisprudencia y las normas de derecho internacional los ha legitimado para el ejercicio de este derecho. En la Ley 7/2007 se reconoce este derecho. Aunque el ejercicio de éste derecho por parte de los funcionarios es restringido en la medida en la que están obligados a prestar servicios a la comunidad. Por lo tanto, la Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad y por eso mi opinión es que deberían de prestar esos servicios o por lo menos unos servicios mínimos, ya que perjudica a la comunidad que realmente los necesita y beneficia a los que han realizado algún delito. Y todo por unos 200 euros más que es lo que buscan, perjudican a toda una comunidad... mi opinión es que “Una huelga no debe atentar contra la vida de los ciudadanos” ya que, auque mis palabras sean muy drásticas, dejando los juicios sin resolver es lo que ocurre.José Quesada Amador
Alberto Zoido Sújar.
En primer lugar compartir mi más sincero apoyo en la causa a los compañeros de Justicia en huelga, por cierto con un preacuerdo ya firmado con el Ministerio.
En segundo lugar, contestar a lo que se ha afirmado en posts anteriores sobre la limitación del derecho a la huelga en el tema de los servicios mínimos. A este respecto decir que la actual situación de aglomeración y acumulación de casos en escaleras, baños etc. es una situación PREVIA a la huelga, es decir, no es consecuencia de la huelga, con lo cual, afirmar que la misma es la causante de la mayor parte de los “retrasos” es, cuanto menos, de una escasa aptitud de miras, máxime, cuando además de la consabida exigencia de igualdad de salarios en el Estado español se adjuntaba la exigencia, lógica, de un sistema informatizado que despejase y agilizase los trámites habituales en el sistema judicial, y a todo ello, además, se adjuntaba la exigencia del aumento de plantilla para salir del bloqueo en el que se encontraban YA ANTES de la convocatoria de huelga. Por tanto, el bloqueo no es más que un motivo más sumado al conflicto y no una consecuencia única del mismo.
En tercer lugar decir que el derecho a la huelga es un derecho básico, no ya reconocido sólo por la presente Constitución si no en convenios internacionales de la OIT. Es por esto que, pensar en limitar, exceptuar o poner trabas al ejercicio de la huelga en algunos sectores productivos/actividad parece una acción fuera de toda licitud. TODOS tenemos derecho a la huelga, cosa distinta es lo que las leyes digan en un momento u otro, pero TODOS tenemos derecho a exigir mejores condiciones laborales, y en el caso que nos ocupa, los funcionarios por descartado que también, pues así lo recoge la Ley 7/2007 de 12 de abril. Por tanto, mientras se cumpla con unos servicios mínimos (que como indica su propio nombre han de ser MÍNIMOS) tal y como establece la legislación vigente, NO se deben poner cortapisas a la justa reivindicación de los trabajadores, bien sean funcionarios o personal laboral directamente. Es evidente que una situación de conflicto crea dificultades, pero aún más evidente es que si no las crease no estaríamos ante una verdadera medida de presión. Son molestas, sí, necesarias, también, creo que ante una situación de conflicto que afecte de manera directa a terceros la postura más racional es la información sobre dicho conflicto y el apoyo a unos compañeros que se encuentran en una situación de conflicto y que requieren apoyo. No hay que dejar de pensar que si trabajásemos en condiciones de igualdad, seguridad, dignidad, en condiciones de salario y jornada justas, no cabria la huelga, por tanto si la hay, es que algo falla.
Por tanto, creo que a la luz del artículo 28.2 de la presente Constitución y del artículo 15.c) del Estatuto básico del empleado público no cabe limitar o exceptuar el ejercicio de huelga a los funcionarios públicos, sean del sector que sean.
El video hace alusión a la huelga llevada a cabo por los funcionarios de Justicia. El derecho a la huelga es un derecho fundamental y tanto en el art. 28.2 de Constitución Española como el art. 15 c) de la EBEP se reconoce el derecho a la huelga de los funcionarios, aunque cabe destacar que no es un derecho absoluto sino que está limitado por el mantenimiento efectivo de los servicios esenciales de la comunidad.
A mi me parece muy bien que cada trabajador reclame sus derechos y defienda sus intereses pidiendo unas condiciones retributivas similares en toda la Administración de Justicia. Pero lo que no veo correcto es que la huelga se haya prolongado en 2 meses e incluso el conflicto ha supuesto la suspensión de miles de actos judiciales, perjudicando al resto de los ciudadanos.
No quiero ni imaginar cuánto tiempo va a ser necesario para recuperar los atrasos, porque si en condiciones normales la Justicia es lenta, en condiciones como esta el funcionamiento es lamentable.
Socorro Alfonso Rodríguez
Hola!
Con respecto al video visto, creo que, los funcionario deben tener su derecho de huelga como todo trabajador, aunque siempre deben garantizar unos servicios mínimos ya que, los asuntos que ellos realizan en su trabajo, son bastante importantes y no deben ser dejado aun lado. Aunque creo que tiene todo el derecho ha hacer, debido a lo que comentaba una de las entrevistadas, que decia que el trabajo de seis lo estaban haciendo tres, aunque ese no era el unico motivo por lo que se manifestaban.
Algo que me llamo mucho la atencion, es porque lo archivos no se encontraba en programas o bases de datos, pues en los tiempo que nos encontramos, creo que es un atraso bastante grande que no exista un programa, donde se encuentre todos los datos de los casos, pues será mucho mas facil buscar y no todo el mundo tendra acceso a ellos, como también se hablaba en el video. Asi que, que se pongan manos a la obra nuestros politicos y solucione todo el tema de justicia, que bastante falta hace.
ISABEL MARIN BORRERO.
hola soy rocio cabanillas, y como todos los que hemos participado,decir el derecho de huelga es un derecho que le puede ser negado a nadie, pues para ello nos lo garantiza nuestra constitucion española caudno dice se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
yo personalmente estoy de acuerdo con esta huelga, puesto que los juzgados en nustro pais no van con atrasos por falts de personal, pues ya puedan tener una gran cantidad de trabajadores que pasaria lo mismo, asi es la justicia en nuestro pais, señores.mas vale calidad de trabajaodres que cantidad, pues la cantidad de ellos tampoco la aprovechan ener una justicia mas eficaz.
Hola compañeros del blog!
Mi comentario será breve. En mi opinión, siempre comparativa con la de mis compañeros de asignatura, cabe destacar que el derecho a Huelga, reconocido a los trabajadores por la Constitución en su art. 28.2, ampara a los trabajadores en defensa de sus intereses. ¿Deberíamos considerar como un insulto a la justicia, cuando los funcionarios de algunas CC.AA. cobran aproximadamente 200€ menos que sus compañeros de otras CC.AA.?
Ya que supone una relantización o casi paralización de los trámites burocráticos en aquellas CC.AA. donde como tal dice el video, se acumulan el papeleo en "los servicios" de los juzgados. En este caso y tal como lo hemos visto en el video y de forma crítica, la huelga se debería regular de una forma más estrícta, ya que de ello dependemos los demas trabajadores. No entro en crítica política, pero si decir, que deberían haber previsto esta situación y haber transferidos las competencias a aquellas CC.AA. que no las tengas.
En conclusión, la huelga, está para defender los intereses de los trabajadores, pero siempre hay que preveer esta situación, puesto que se entorpecen los trámites, o causa estragos de una u otra forma.
SALUDOS:
PEDR0 CASTELLANO VILLA
El video hace alusión a la huelga que están llevando a cabo los funcionarios de justicia ya que no están de acuerdo con las diferencias salariales que existen entre las distintas comunidades autónomas. Después de visualizar el video, podemos decir que los funcionarios de justicia tienen derecho a defender sus intereses poniéndose en huelga tal y como aparece en el artículo 28.2 de la Constitución Española siempre que cumplan con los servicios mínimos. Lo que no me parece justo es que debido a esta huelga se vengan retrasando actos judiciales y por tanto perjudicando al resto de la población.
Algo que tampoco me parece normal es que en los tiempos que estamos todavía tengan que guardar los archivos en las carpetas y no exista un programa general para todos los juzgados donde se encuentren archivados todos los casos, bien sean de maltrato, pederastia, asesinato… ya que todo esto puede tender a que muchos archivos se puedan perder.
El video hace alusión a la huelga que están llevando a cabo los funcionarios de justicia ya que no están de acuerdo con las diferencias salariales que existen entre las distintas comunidades autónomas. Después de visualizar el video, podemos decir que los funcionarios de justicia tienen derecho a defender sus intereses poniéndose en huelga tal y como aparece en el artículo 28.2 de la Constitución Española siempre que cumplan con los servicios mínimos. Lo que no me parece justo es que debido a esta huelga se vengan retrasando actos judiciales y por tanto perjudicando al resto de la población.
Algo que tampoco me parece normal es que en los tiempos que estamos todavía tengan que guardar los archivos en las carpetas y no exista un programa general para todos los juzgados donde se encuentren archivados todos los casos, bien sean de maltrato, pederastia, asesinato… ya que todo esto puede tender a que muchos archivos se puedan perder.
MARÍA DEL CARMEN BARBA FERNÁNDEZ.
En mi opinión, estos trabajadores tienen el mismo derecho que el resto a manifestar su desacuerdo con su situación laboral. No obstante, hay que decir que su trabajo es un tanto especial, debido a la gran responsabilidad y a las graves consecuencias que acarrean el retraso de las sentencias. Por lo tanto, y debido a todo ésto, se deberían garantizar unos servicios mínimos y además, no estaría mal que una vez terminada la huelga, se contratara a personal "de apoyo" para lograr poner al día todos los asuntos.
Juana Domínguez Borrero
Estoy de acuerdo, que el derecho a huelga, se extiende a todos los trabajadores, y por tanto, pueden hacer uso, tal y como refleja el art.28.2 de la Constitucion Española, pero no entiendo que una huelga por reclamar derechos, implique que los derechos de otras personas se vean afectados, con atrasos judiciales por consecuencia de estas huelgas.
las personas se ven inseguras, puesto que un error, atraso, fallo...puede perjudicar a una perosna, familia o quizas arruinar vidas...¿Reclamar tus derechos, significa dar de lado a los derechos de otras personas?
A todo esto, hay que mencionar que va a ser muy dificil reorganizar todos los casos y volver al dia a dia... que esperemos sea lo antes posible.
Ramos.Mercedes
Pienso que está bien que estos jueces se pongan en huelga para defender sus derechos, debido a la situación en la que se encuentran, ya que carecen de espacio y de personal para llevar a cabo todos los casos que se les presenten.
Lo que no me parece justo es que el periodo de huelga se tenga que alargar hasta 2 meses, ya que habrá personas que necesiten de sus trabajos con mucha urgencia como son los casos de la violencia de género.
Además, con lo avanzada que están las nuevas tecnologías creo que debería existir una red informática en la que se pudiera observar la situación judicial de las personas, tal y como se establece en este video.
SARA RAMÍREZ RAMÍREZ TURNO MAÑANA
El video nos muestra la indignante y penosa situación del sistema judicial en nuestro país. El gobierno se muestra incapaz de resolver la situación de los funcionarios de la administración de justicia, que está motivada por la falta de personal y espacio, además de las diferencias salariales de los funcionarios de distintas CC.AA.
Además, se aprecia que el sistema judicial español se ha quedado atrás con respecto a otras administraciones públicas, como la seguridad social el servicio andaluz de empleo o la agencia tributaria, en cuanto a la informatización de su sistema y base de datos.
Por otra parte, en cuanto al derecho a la huelga recogido en el artículo 28.2 de la CE, decir que es un derecho fundamental, y por consiguiente no se puede prohibir.
El problema viene a la hora de asegurar unos servicios mínimos por parte de estos funcionarios, que en la practica no se están dando, ya que a la vista esta la suspensión de 30.000 juicios y decenas de tramitaciones, como se menciona en el video.
El derecho a la huelga es un derecho fundamental, y como tal no se puede limitar, pero la aplicación de este derecho no debe tampoco afectar a los derechos de la generalidad.
Juan Antonio Matito Rivero
En mi opinión, todo trabajador debe reclamar por sus derechos como bien indica el artículo 28.2 de la constitución, aunque en este caso el problema que ocurre es que no se cumplen los servicios mínimos. Pero si el problema se hubiera solucionado con anterioridad??, pues no estariamos hablando de esta huelga. Hoy en día la gente siente cierta inseguridad y descofianza por el sistema judicial, ya no solo por situaciones como la del video sino por los numerosos fallos que se están produciendo, fallos que se desencadenan en otros y estos otros a su vez en otros. Pienso que se tiene que llevar a cabo una reforma en el sistema judicial en todos sus estamentos.
M.A. Ramos Martos
La situación que se detecta en este vídeo viene a demostrar lo arcaico del funcionamiento del sistema judicial imperante. En él se visualiza el hacinamiento de los casos judiciales pendientes y la falta de personal para su seguimiento y control. En un sistema democrático como es el actual no se puede permitir la falta de nuevas tecnologías en los juzgados así como la escasa dotación económica que en las partidas presupuestarias dedica el Gobierno en materia judicial para el buen funcionamiento del sistema. Creo que con una mayor dotación de personal y una mayor asignación presupuestaria así como una retribución justa de los haberes de los funcionarios que fuera uniforme en todo el Estado podría paliar la problemática existente. Por otra parte, creo que no se debe prohibir el derecho a la huelga ya que es un derecho fundamental de los trabajadores recogido en la Constitución, siempre que se garanticen unos servicios mínimos.
Samuel Rodriguez.
Jerónimo Mariano López
Para empezar decir que el derecho a la huelga es algo incuestinable y fundamental, que como todos sabemos puede ser ejercido por cualquier trabajador y los funcionarios no van a ser menos. Ahora bien mientras ellos reivindican sus derechos, ¿quién vela por los derechos del resto de españoles?. La obligación de la administración de la que estos funcionarios forman parte es proteger y garantizar el bien público y con esta huelga esta dejando de lado esa obligación.
En segundo lugar, yo también creo que la informatización del sistema mejoraría y agilizaría mucho el propio sistema pero también lo haría la mejora de la productividad de los funcionarios, ya no solo de justicia, puesto que en mi opinión se pasan en "servicios mínimos" todo el año, si piensan que con la huelga van a resolverse los procesos acumulados que hagan la misma huelga que los chinos (trabajando el doble).
Por último, las diferencias salariales -que es el verdadero motivo de la huelga- tampoco son aceptables pero eso no es nada nuevo pusto que las diferencias territoriales dentro de este país es algo que viene desde muy atrás, sin embargo, no me imagino a obreros de la construcción del sur quejarse por que sus homologos del noerte cobran más por hacer exactamente lo mismo.
En definitiva en este país en el que la delincuencia está en claro auge la justicia cada vez está más en declive.Así nos va.
Pese a reconocerse el Derecho de Huelga en el Art. 28.2 CE del Titulo I, Derechos y Deberes Fundamentales, y según reconoce el Real Decreto Ley de Relaciones de Trabajo (por analogía), los funcionarios públicos en nuestro país son titulares plenos de este Derecho de Huelga, aunque debiendo respetar los servicios mínimos (Art. 15 c), ley 7/2007 EBEP).
Ahora bien, pese a que tendrán sus motivos para llevar a cabo la huelga, si observamos por ejemplo, la cantidad de casos de violencia de género que esperan su tramitación, no creo que esos servicios mínimos se estén desarrollando; se deberían marcar límites temporales a determinados puestos de trabajo para ejercitar este Derecho, ya que con la huelga lo que consiguen es empeorar la situación del ciudadano y no la de los altos cargos a quien va dirigida.
Por otra parte, desde mi punto de vista, no creo que la huelga tenga mucha justificación, ya que, pese a que en otras comunidades cobren algo más de dinero al mes porque sea de su competencia y ésta lo estableciera así, el problema principal radica en que están disfrazando una huelga económica, mostrando a todos que es por la situación física de los juzgados (no hay suficiente personal, no hay suficiente espacio y no se aplica la tecnología necesaria para que los tramites sean agilizados), porque si ese fuera el motivo real, los juzgados de todo el país (y no sólo el de aquellos lugares donde casualmente, se tiene una nómina menor) se habrían movilizado y está situación se estaría solucionando.
Un Saludo
María Domínguez Márquez
Hola a todos!
Es verdad que todos los españoles según la constitución por la cuál nos regimos, o por lo menos, debemos hacerlo, nos reconoce un derecho a huelga del cuál nadir ni nada nos puede privar. En este sentido, estoy totalmente de acuerdo con las numerosas huelgas que están llevando a cabo los funcionarios de los juzgados, in dependientemente del tiempo que llevan de esa forma, que para mi parecer ya es algo excesivo. Pero como ya he dicho estoy de acuerdo con ellos y los apoyo porque creo que es muy ilógico la situación en la se encuentran; cobran un salario inferior a funcionarios iguales de distintas comunidades, desarrollan un trabajo encomendado para el doble de personas que habitualmente lo desarrollan; en fin cuestiones que hacen que tengan que llegar a estas medidas.
Ahora bien, por otro lado, esta claro que al estar en huelga, el trabajo se acumula y los perjudicados es evidente que somos nosotros, los ciudadanos, por eso creo que en todo esto la culpa es únicamente de los superiores, no se si del Ministerio competente o del propio Gobierno, pro tengo muy claro que los funcionarios están manifestando algo que les pertenece, están defendiendo sus derechos; y los ciudadanos estamos padeciendo todo ello.
Soy Ana Palacios
hola a tod@s!
el video a comentar, expone la huelga que han emprendido los funcionarios de justicia debido al desorden laboral, falta de personal, espacio...
como todos sabemos, el derecho a huelga es un derecho que viene recogido en la CE y en el art 15 del estatuto básico del empleado público y estoy totalmente deacuerdo con estos funcionarios respecto las meidas tomados, ya que es indigno tener que trabajar con los documentos embarcados en excaleras, baños, salas, ¡es imposible trabajar así!,pero por otra parte la Ley les obliga a cumplir con unos mínimos que al ponerse en huelga están incumpliendo, por lo que habrá que solucionar el problema lo más pronto posible, puesto que están afectando a terceras personas ya que se han suspendido más de 30000 juicio.
para concluir decir que me parece estupendo que tengamos reconocidos el derecho a huelga aunque cuando este derecho empiezan a afectar a terceras personas ajenas a ello, hay que ir poniendo límites, sino esto será algo cíclico que no acabará nunca, habrá que buscar una solución coherente e inonfesiva para solucionar el problema. bueno me despido: raquel serrano romano.
En este video se puede observar la penosa situación de un juzgado de San Fernando. Pero en realidad éste es un reflejo del estado en el que se encuentra la justicia en España. Parece increíble como después de dos meses de huelga de los funcionarios de justicia la situación se continúe y lo que es exigir tus derechos mediante la huelga, que está reconocida como un derecho fundamental, pasa a convertirse en retrasos graves en los procesos judiciales de medio país. Con ello las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad del art. 28 de la Constitución no se ven realizadas.
Mencionar también que el derecho de huelga a los funcionarios está regulado de una forma peculiar respecto a los demás ya que aunque a todos los funcionarios se les reconozca el derecho, existen excepciones establecidas.
Rocío Cárdenas
Segun el art. 15 del estatuto del empleado publico que hace referencia a los pincipios generales, los funcionarios tienen derecho a la huelga. Pero en mi opinion para que no exita el problema de colapso en los juzgados se deberia de limitar y tener servicios minimos porque ahora a la hora de ponerse a trabajar se vuelven a quejar de que tienen mucho trabajo. De todas formas el sistema judicial de España funciona fatal y es penoso. El gobierno deberia habilitar mas plazas para los abogados y rechazar todas aquellas denuncias que no sean de gravedad.
La homologación entre trabajadores dependientes de una misma administración es, una reivindicación lógica y justa, entendiendo por ella no sólo la equiparación salarial, sino la asunción de iguales derechos y obligaciones.
ISABEL MARIA ACOSTA RIVERO
Este video hace referencia al derecho a la huelga de los funcionarios, que se encuentra recogidoen los artículos 28.2 de la Constitución Española y el artículo 15 de la Ley 7/2007, hay que observar que es un derecho limitado.
Yo creo que es adecuado que dichos trabjadores se hallan puesto en huelga, ya que reivindican cobrar un sueldo igual a la de otros trabjadores por realizar el mismo trabajo.
Pero lo que me ha llamado más la atención en el video era una mujer que decia que estaban realizan el trabajo de tres personas a la vez, eso me parese injusto, ya que en España hay muchas personas paradas que desean desarrollar una actividad laboral.
La justicia en España es muy lenta y si le añadimos estos hechos aún es más.
Como conclusión yo creo que los funcionarios deben tener derechos a huelga, siempre y cuando halla unos servicios mínimos que se ocupen de los casos de mayor importancia.
Mª Ángeles Rangel Aguilera.
Hola soy Míriam Rite Hermoso, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 15 apartado c) dice que los empleados públicos tienen derechos individuales que se ejercen de forma colectiva, como el "derecho al ejercicio de la huelga", pero también dice que "debe garantizarse el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad". En este supuesto no parecen respetarse los servicios mínimos, deberían trabajar algunos más para alcanzar un poco de normalidad, porque ésto afecta a muchas personas, es una huelga abusiva ¿por qué no hacen una huelga a la japonesa? eso no les interesa, podrían hacer una huelga intermitente, o una huelga de celo, aquella que consiste en la transparencia en el trabajo, cumpliendo la legalidad en el trabajo al máximo. Como conclusión diría que todo el mundo tiene derecho a manifestarse pero sin molestar a personas inocentes que no tienen nada que ver con lo que sucede.
Bajo mi punto de vista, todo trabajador tiene derecho a ejercer la huelga, ya que es un derecho fundamental del ciudadano. No obstante, siempre que sea manteniendo unos servicios mínimos (como supuestamente se lleva a cabo). Acerca de ello, encontramos la sentencia del Tribunal Constitucional 123/1990, de 2 de julio,sobre la garantía de los servicios mínimos. Así y como hemos podido observar en los últimos meses, los basureros huelguistas canarios, en mi opinión, no deberían haber actuado tal y como lo hicieron (como auténticos piquetes). Los servicios esenciales hay que mantenerlos para que el resto de la ciudadanía se sienta afectado por la situación de huelga, pero hasta un cierto límite. Es más, las conductas llevadas a cabo por dichos piquetes no están integradas en el ámbito del derecho de huelga (según caso similar contenido en la sentencia 137/1997, de 21 de julio, sobre la actividad de los piquetes de huelguistas). El caso observado en el video es un poco más delicado,debido a que una deficiencia en el sistema judicial puede dar lugar a unas consecuencias nefastas para las personas. Y ya sería la gota que colma el vaso de un sistema, el nuestro, el español, que cada día nos sorprende más... Para estos trabajadores y debido a los delicados temas que tratan en numerosos casos, yo limitaría aún más su derecho a huelga. Ante todo, no se puede jugar con el hilito que nos mantiene aquí.
Cristina Macarro.
Hola a todos.
El vídeo nos muestra la huelga llevada a cabo por los funcionarios públicos, ya que estos tienen los mismos derechos a reclamar que cualquier otro ciudadano.
La falta de medios informáticos necesarios para realizar su trabajo, escaso personal, etc...todo esto acarrea una serie de consecuencias tales como que los ciudadanos se quedan desamparados ante la ley, las tramitaciones quedan suspendidas, etc...
Todo esto conlleva a que, como observamos en el vídeo, los arhivos se amontonen entre pasillos, cuartos de baño...
Es por esta razón, por la que se debería de garantizar unos servicios mínimos, y que una vez acabada la huelga, se contratara a más personal para poder ponerse al día.
un saludo
Mª Inmaculada Martín Yánez
En el video que hemos podido visualizar vemos como los funcionarios se han puesto en huelga para reclamar una subida de salario que se le reconoce a otras comunidades autónomas en el sector de la justicia.
El derecho a huelga viene recogido en los artículos 28.2 CE y 15 c) de la Ley 7/2007 EBEP,en estos artículos podemos apreciar la garantía de los servicios esenciales de la comunidad.
Estos son servicios de reconocida e inaplazable necesidad,no todos los derechos constitucionales,son de esta índole.
Por ello la Jurisprudencia ha clasificado cuatro grupos que considera derechos esenciales ellos son:
- Alimentación básica.
- Energía.
- Medios de comunicación.
- Protección contra enfermedades.
Incluyendose el sector de la justicia en el último grupo.
En este caso que actualmente se da en nuestro país debería ser regulada a través de medidas de autorregulación de las partes, soluciones heterogéneas (conciliación, arbitraje y mediación)o a través de concertación o subcontrata del servicio (contratando a parados).
Cierto es que vivimos en un Estado de derecho tal y como dice la Constitución Española, donde todos podemos reclamar nuestros derechos pero no por ello se tienen que quedar desprotegidos gran parte de ellos, en los ámbitos de actuación que afecten al ciudadano se deben garantizar uno servicios "ad intra", hemos podido ver como se produce en este caso una huelga parcial,de todos modos se podría optar por otra modalidad de huelga como sería la cesión de un servicio dentro de las funciones laborales de los fucionarios, como se produce muchas veces en el ámbito laboral de la salud con la "huelga de bolígrafos", sería una modalidad más correcta que la que han tomado en este caso los funcionarios paralizando un gran número de casos.
Elisabeth Carrasco González.
En lo referente al video, pone de manifiesto la huelga llevada a cabo, y que ha durado meses, por los funcionarios de la Consejería de Justicia de las diferentes Comunidades Autónomas, que al no haber sido transferidas lesionan los salarios de los mismos a su servicio. El derecho a la huelga se puede ejercitar según establecen el art.15 c) del Estatuto Básico del Empleado Público y el art.28.2 de la C.E., siempre que se establezcan unos servicios mínimos, no es precisamente en el ámbito de la justicia en el que se garantiza que con la cobertura de los servicios referidos den lugar a parte de la resolución de casos pendientes y los que se dan día a día, la no resolución de estos casos redundan en muchos y diferentes aspectos de nuestra sociedad.
El empleado público no es sustituido en ninguna de las múltiples circunstancias que en su vida administrativa se pueden dar como son las bajas por I.T., A.T., bajas por maternidad, excedencias voluntarias, etc…
De lo anteriormente expuesto, sobreentendemos que esta dejación de funciones justificadas, recae sobre el personal en activo, esto supone un retraso, cuanto más si recae en todos unos servicios mínimos totalmente colapsados.
Por lo que respecta a la intercomunicación entre los juzgados, para controlar a personas con un amplio historial delictivo o inclusive sobre el que pesen pequeños delitos, hasta el día de la fecha no existe dispositivo informático alguno que coordine dicho tema.
El sistema de archivos que se muestra en el vídeo resulta un tanto desagradable, bien sabido por todos es que un W.C. no es el lugar idóneo para el archivo de determinados documentos, bien sean sentencias o diligencias, valga la redundancia.
Precisamente en nuestra capital y provincia no existe el caos administrativo manifestado en otras Comunidades Autónomas.
Por último, como nota informativa, cabe resaltar que el actual Delegado Provincial de Justicia y Administración Pública de Huelva, D. Darío Canterla Muñoz, a raíz de su nombramiento, preconizaba como objetivo principal la construcción de la denominada “Ciudad de la Justicia”, lugar en el que se agruparían los distintos Juzgados diseminados por diferentes puntos de la capital, para ello y con carácter provisional se están adecuando las instalaciones de la antigua sede de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, todo ello sin olvidar que de la Consejería de Justicia penden otros servios como son: reforma Juvenil y el Instituto de Medicina Legal y Forense.
Ramón Romero Díaz.
Después de visualizar el video, mi opinión sobre la huelga en el sector de justicia esta más que justificada.
Según la C.E art. 28.2 y más concretamente a nuestro caso como es el de funcionarios, según la ley 7/2007 art.15, los funcionarios son titulares de derecho pleno del Derecho a huelga y la normativa aplicable sería el Real Decreto de Relaciones de Trabajo por analogía.Por tanto mi opinión es que estos funcionarios tienen todo el derecho a llevar a cabo esta huelga, ya que la situación que esta viviendo es de desigualdad ante otras comunidades que realizando su mismo trabajo tienen salarios superiores en una media de 200 euros al mes.
Por tanto y en conclusión,la huelga es un medida de conflicto para luchar por sus interes y por una mejora de sus condiciones de trabajo que tienen derecho a ejercer aunque como es el caso esto provoque que los mayores perjudicados, a parte de ellos, sean los ciudadanos. Pero según la ley 7/2007 se ejercerá el dº a huelga pero siempre manteniendo unos servicios mínimos, y aunque estos provoque colapso,no se puede dejar de llevar a cabo porque todos somos iguales y debemos luchar por ello; y esto se consigue asi reivindicando nuestros interes y fijar nuestra mirada en ver realmente que es lo que esta fallando en la politica del gobierno.
ANABEL VÁZQUEZ SÁNCHEZ
TURNO DE MAÑANA.
Hola a todos/as:
MI comentario sobre el video es: Tal como indica nuestra Constitución Española en su Art.28.2 todos los trabajadores tienen el derecho de defenser sus intereses, el derecho a Huelga, está legalmente constituido y por tanto se debe cumplir, además de los servicios mínimos, que en este caso serían totalmente insuficientes, es trabajando tres personas y cumplen como el doble, lo cierto es que es vergonzoso como está la justicia en España, se deberían de tomar medidas al respecto, como reforzar la plantilla, pero como cosa urgente, poner refuerzo después de que haya existido unos servicios mínimos, etc...
Un saludo.
Josefa Tavares Franco. Grupo tarde
Mª Carmen Rengel Muñoz
A ciertos sectores no se le deberia de permitir ponerse en huega y esto no qiuere decir que no tengan reconocido el derecho a ello. Pero este derecho deberia limitarse a un numero máximo de trabajadores para que así quede asegurado los servicios mínimos.
Hola
Me parece vergonzosa la situación de los juzgados en nuestro país. Parece mentira que en los tiempos en que estamos y tanto que presumimos de los avances de España, despues se dan estos casos en el sector de la justicia. ¿Solución? Creo que la hay pero que los que estan en los altos cargos se preocupan de otros temas más simples y no de estos asuntos. En realidad lo que muestran con su dejadez absoluta es que no merecen los puestos en los que estan, por ello estas cosas se deben de tener en cuenta a la hora de ir a las urnas.
Gema Rodríguez Díaz.
Hola!!!
Bueno respecto a este video, yo creo que esta huelga es algo muy serio para que no se tomen medidas rápidamente y se intente de terminar con ella. Ya que después cuando pasan las negligencias se lamentan lo que suceda por su causa y es normal que con semejante caos ocurran miles de ellas. Pero bueno cuando quieran que le pongan solución a la penosa situación del sistema judicial, situación que es vergonzosa.
Saludos
Lorena Parreño Ruiz
A mi modo de ver, los fun cionarios de justicia tienen el msimo derecho a manifestarse en huelga que cualquier otro trabajador.Cualquier huelga realizada en cada uno de los sectores,provoca malestar en los ciudadanos.
Estas situaciones al margen de reivindicar derechos o mejoras tiene un componente que perjudica directa o indirectamente al ciudadano y por tanto ejerce presión para el logro del objetivo.
PEPI PONCE MARISCAL
Todos los trabajadores tienen derechos a luchar por sus condiciones laborales, pero existen sectores en los que las huelgas causan muchos perjuicios a terceros. Creo que se tendrian que buscar otras alternativas como medidas de presión.
Carlos Sánchez
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